ITEI, doce años: Consolidación en la transición

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ITEI, doce años: Consolidación en la transición

Guadalajara, Jalisco, 18 de junio de 2017

H. Congreso del Estado de Jalisco, sociedad jalisciense: La elección de un/una comisionado/a presidente del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI), así como su suplente, nos lleva a una reflexión colectiva, crítica y pública pues está de por medio la garantía, promoción y protección de los derechos de acceso a la información pública y protección de datos personales, así como la consolidación de un organismo joven, con doce años de existencia en Jalisco. La Asociación Mexicana de Derecho a la Información Capítulo Jalisco (Amedi Jalisco) ha estado atenta a los procesos de elección y renovación del organismo garante, a través de las decisiones que han tomado las diputadas y los diputados del Congreso del Estado de Jalisco; además de participar en cada uno de los momentos de confección y armonización del marco legal de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales. Esta no es la excepción, y queremos ofrecer algunos elementos de reflexión ciudadana a quienes tienen la responsabilidad de la toma de decisiones: las y los diputados locales. • Estamos en un momento de aplicación y transición de nuevas disposiciones constitucionales en materia de acceso a la información y protección de datos personales, a saber: (1) la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), (2) la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (Ley de Datos Personales), y (3) en el Senado de la República se analiza una iniciativa de Ley General de Archivos. ● La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios se armonizó con la LGTAIP en 2015 y aún está en fase de instrumentación a través de lineamientos que el ITEI debe elaborar de manera colaborativa con los sujetos obligados. Entre estos, los lineamientos sobre información proactiva y focalizada. ● La Ley de Datos Personales obliga a realizar una armonización de nuestra ley de transparencia local, la confección de una Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Jalisco y sus Municipios, así como la instrumentación de la misma por parte del ITEI y de manera colaborativa con los sujetos obligados. ● Con base en las disposiciones constitucionales y la LGTAIP, comenzó la operación el Sistema Nacional de Transparencia (SNT). Jalisco, a diferencia de otras entidades del país, le ha apostado a que todos sus municipios estén integrados en los distintos sistemas que ofrece la Plataforma Nacional de Transparencia con base en los lineamientos establecidos por el SNT, lo cual implica un trabajo de acompañamiento y subsidiaridad con los sujetos obligados del estado. ● Jalisco está en proceso de armonización de sus marcos jurídicos y de construcción de un Sistema Anticorrupción Estatal, donde el ITEI juega un papel fundamental. ● El ITEI preside además el Secretariado Técnico del Gobierno Abierto, que integra el sector público y la sociedad civil, instrumentando a la fecha el primer Plan de Acción 2016-2018. Ante este contexto de transición de particular trascendencia, como ciudadanas y ciudadanos, hacemos el siguiente llamado a los diputados del Congreso del Estado de Jalisco: 1. Tengan como referencia fundamental en su decisión soberana lo que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en su artículo 38: procurar en la integración del ITEI “la experiencia en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales”, de manera particular la experiencia en publicación de información pública fundamental en lenguaje ciudadano, atención de solicitudes de información y recursos ante el organismo garante. 2. Privilegien el “perfil” de los candidatos, como lo establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios en su artículo 43, numeral 2; así como los artículos 41 y 41. Dicho perfil, con base en las atribuciones del comisionado/a presidente/a, comprende el contar con habilidades y capacidades administrativas, así como conocimiento y reconocimiento público para la construcción de consensos y acuerdos con los sujetos obligados en los tres órdenes de gobierno e instancias locales y nacionales en materia de transparencia, acceso a la información, combate a la corrupción, instituciones académicas y de la sociedad civil; contar con los conocimientos, sensibilidad y compromiso ante los retos que exige el contexto que vive México, Jalisco y el organismo garante (ITEI), con probidad pública. 3. Escuchen a los candidatos a través de la entrevista establecida en la convocatoria que emitieron y considérenla al momento de la decisión. 4. No tomen decisiones de grupo, de cuotas político-partidista. La elección del comisionado/a presidente/a del ITEI no es botín ni privilegio de nadie. 5. No se escuden en el mecanismo de votación por cédula (voto secreto) para evitar una exposición clara y pública sobre las razones que motivaron su decisión. 6. Rindan buenas cuentas de esta elección por el bien de todos. Diputados, diputadas. Saber es nuestro derecho, ser transparentes es su obligación

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